A- de 2023
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Cenit Transporte Y Logistica De Hidrocarburos Sas·Demandado Juzgado 1 Civil Municipal De Villavicencio Meta Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Medidas provisionales para proteger un derecho
- Facultad de adoptar medidas provisionales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ante el riesgo de evidencia para los derechos fundamentales de los accionantes y de los terceros involucrados en el presente proceso y con el fin de evitar que una eventual vulneración se vuelva más gravosa, la Sala de Revisión, en ejercicio de las facultades oficiosas reguladas en el artículo 7 del Decreto 2591 de 1991, consideró necesario ordenar como medida provisional la suspensión del cumplimiento y ejecución de la orden que autoriza el levantamiento de la medida cautelar de inscripción de la demanda en el folio de matrícula del bien objeto del proceso de solicitud de avalúo de servidumbre petrolera.
Se aclara que, en el caso de que dicha orden ya se hubiera cumplido y ejecutado, se disponga la cancelación de la misma, por parte de la autoridad competente de llevar el respectivo registro.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Como medida provisional, ORDENAR al Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Villavicencio (Meta)3 que suspenda el cumplimiento y ejecución de la orden contenida en el auto del 3 de mayo de 2023, que autoriza el levantamiento de la medida cautelar de inscripción de la demanda en el folio de matrícula del bien objeto del proceso de solicitud de avalúo de servidumbre petrolera radicado con el número 500014003001 2013 00093 00, en el que se encuentran identificados como parte demandante a Cenit Transporte y Logística de Hidrocarburos S.A.S y como demandados a Raúl Ariza Santoyo y Ángela Consuelo Castro Castro. En el evento de que al momento de emitirse la presente decisión, ya se haya cumplido y ejecutado el auto del 3 de mayo de 2023, ORDENAR al Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Villavicencio que disponga la cancelación del levantamiento de la medida cautelar de inscripción de la demanda en el folio de matrícula del bien objeto del proceso de solicitud de avalúo de servidumbre petrolera, por parte de la autoridad competente de llevar el respectivo registro.
- El informe sobre el cumplimiento de la orden deberá ser remitido al correo electrónico: secretaria1@corteconstitucional.gov.co
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.